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Un grupo  de   productores enclavados  en  Álava quieren tener  denominación de origen propia  al margen  de la  actual , "Rioja Alavesa" El  Gobierno  Vasco le ha dado respaldo.

Ante la Protección Nacional Transitoria otorgada por Orden del Gobierno Vasco a una Denominación de Origen de nombre ‘Arabako Mahastiak – Viñedos de Álava’, el Consejo Regulador de la D.O.Ca. Rioja ha acordado en sesión plenaria interponer un Recurso de Reposición, con el apoyo del 98,4% de los votos emitidos y el único voto en contra de la asociación promotora de la iniciativa en cuestión.

Con la misma mayoría, el Pleno ha decidido que, en caso de que el ejecutivo vasco desestime total o parcialmente el citado recurso administrativo, interpondrá un Recurso Contencioso-Administrativo contra dicha resolución ante el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, solicitando la acumulación a la causa abierta y pendiente de resolución, que ya se inició en noviembre de 2021.
Las asociaciones de bodegas y viticultores que integran la Denominación de Origen Calificada Rioja renuevan de este modo, su posición de rechazo hacia esta iniciativa, así como su compromiso de agotar todas las vías contra lo que considera un aprovechamiento ilícito del fondo de comercio de una enseña reconocida mundialmente y que pertenece a todo un sector.

El 98,4% del sector ha aprobado un Recurso de Reposición, renuevan su posición de rechazo hacia esta iniciativa y recuerdan que Rioja Alavesa cuenta desde 1998 con la posibilidad de diferenciar el origen específico de sus vinos dentro del etiquetado de Rioja
El Consejo Regulador, que no es un ente abstracto, sino la suma de asociaciones que representan a todos los propietarios patrimoniales del viñedo y las bodegas de Rioja, considera oportuno remarcar ante la opinión pública que la concesión de esta Protección Nacional Transitoria a una nueva Denominación de Origen tiene carácter provisional, hasta que la Comisión Europea determine si da o no luz verde al expediente, y que en su camino hasta Bruselas, el proyecto se ha topado con un extenso dossier de alegaciones, un recurso de alzada y un recurso contencioso administrativo; es por tanto precipitado hablar de la materialización real de una nueva Denominación de Origen.
Del mismo modo, el Consejo Regulador lamenta el daño ya causado a la marca Rioja, que es patrimonio de 571 bodegas y 14.300 viticultores. Encontrarse en medio del debate político y de algunas decisiones e indecisiones administrativas ha causado ya un gran perjuicio a la imagen de la Denominación, el cual podría verse agravado y resultar irreversible en función del devenir de iniciativas como la de Viñedos de Álava.
El sector considera especialmente injusto e inconcebible que iniciativas que representan un porcentaje residual de la riqueza que genera la enseña Rioja en sus tres zonas y en el conjunto de municipios y comarcas, puedan llegar a adquirir este nivel de atención de forma artificial y llamativamente desproporcionada. En este sentido, es importante aclarar una vez más que la iniciativa de ABRA no representa al conjunto de las 232 bodegas radicadas en Rioja Alavesa, sino a un porcentaje menor de éstas (si bien no existe hoy en día transparencia para conocer el número exacto). Durante la sesión plenaria de hoy los vocales han realizado la reflexión de que Rioja Alavesa cuenta desde 1998 con la posibilidad de diferenciar el origen específico de sus vinos dentro del etiquetado de Rioja, y que más recientemente se habilitaron figuras como los Vinos de Municipio y los vinos de Viñedo Singular, que aportan aún más herramientas a las posibilidades de diferenciación para ésta y el resto de zonas que comprende la Denominación.
Entre las valoraciones compartidas por los vocales del Pleno, se ha puesto de manifiesto que “estamos a tiempo de evitar un error histórico”, y que “a quien más perjudica esta iniciativa es a los operadores de Rioja Alavesa”. También se ha puesto sobre la mesa la idea de que “crear una Denominación implica un amparo de carácter público, y va más allá de voluntades individuales, máxime en casos como éste, en el que no se justifica una diferenciación que requiera de una protección específica”.

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