El reconocimiento de Santurbán como sujeto de derechos marca un precedente en la defensa ambiental colombiana.
El Tribunal Administrativo de Santander, mediante sentencia del 21 de julio de 2025, reconoció al Páramo de Santurbán como sujeto de derechos, marcando un hito en la protección de los ecosistemas estratégicos de Colombia.
- Se anula el proceso de licenciamiento de MINESA y se ordena proteger integralmente el ecosistema
- Una sentencia histórica que fortalece la lucha por los territorios, el agua y el futuro
Resumen de la sentencia y sus órdenes principales
Reconocimiento como sujeto de derechos:
El Tribunal reconoció al ecosistema del Páramo de Santurbán como sujeto de derechos, con especial protección estatal para su conservación, restauración y mantenimiento.
Aplicación del principio de precaución:
Se declaró vulnerado el derecho colectivo al ambiente sano y se ordenó proteger el páramo frente a cualquier acción que pueda afectarlo, incluso en escenarios de incertidumbre científica.
Órdenes judiciales destacadas:
1. Nulidad del proceso de licenciamiento ambiental promovido por MINESA S.A.S. ante la ANLA.
2. Suspensión de toda acción que pueda afectar el ecosistema del páramo.
3. Orden a la CDMB y CORPONOR para cumplir la ordenación, zonificación y definición de régimen de usos del páramo según lo establecido por la Corte Constitucional (T-361 de 2017).
4. Remisión de copias a la Fiscalía y Procuraduría sobre posibles delitos ambientales cometidos por MINESA.
5. Revisión obligatoria de los EOT (Esquemas de Ordenamiento Territorial) de los municipios de Vetas, California y Suratá, incorporando las determinantes ambientales derivadas de la nueva delimitación del páramo.
Fallo estructural:
El Tribunal ordenó un seguimiento especial para garantizar el cumplimiento progresivo de estas órdenes, atendiendo la deuda histórica del Estado con este ecosistema y sus comunidades.